¿Puedo traerme un familiar a España si soy extranjero?
Muchos clientes vienen a nuestro despacho preguntándonos si es posible que un familiar suyo que vive en el extranjero se venga a vivir legalmente a España.
Esto es posible, a través de la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar.
Antes de nada hay que saber que no cualquier familiar puede vivir en España utilizando este trámite, ya que sólo sirve para:
– la persona con la que estés casada (pero no separada) o tengas una relación de pareja
– los hijos tuyos o los de la pareja, aunque sean adoptados, siempre que tengan menos de 18 años o tengan una discapacidad
– tus representados legales (por ejemplo, si eres el tutor de una persona, esta persona podrá ser reagrupada)
– tus padres o los de tu pareja, siempre que tengan 65 años o no puedan valerse por si mismos
Para pedir esta autorización se tiene que enviar a la Oficina de Extranjería de la provincia donde vivas una solicitud, junto con diversos papeles.
Estos papeles (contrato de trabajo, declaración del IRPF etc) son para demostrar que tienes dinero suficiente para mantener a la persona que quieres reagrupar. Además, se debe pedir un informe a la Administración que diga que el lugar donde vives (y donde va a vivir la persona que quieres reagrupar) está preparado para una persona más. Por supuesto también tendremos que enviar copia del pasaporte, tanto tuyo como de la persona que queremos reagrupar, para poderla identificar.
Una vez nos den la autorización, el procedimiento no acaba aquí, ya que el familiar que vive fuera tendrá que pedir ahora un visado, dentro de dos meses desde que te den la autorización. Para el visado se tendrá que demostrar que el familiar no tiene antecedentes penales en su país por delitos que existan también en España y que no tiene ninguna enfermedad contagiosa grave.
Con el visado, el familiar ya podrá entrar en España.
En España, el familiar tendrá que vivir con vosotros en la misma casa. Sólo podrá irse a vivir a otro sitio cuando tenga dinero suficiente para mantenerse, también si el familiar era tu pareja cuando vino, pero os habéis divorciado o separado.
Estos trámites a veces pueden complicarse, por lo que es recomendable que la tramitación la haga un Abogado experto en Extranjería. En LEGEM Abogados contamos con especialistas en Derecho de Extranjería que pueden hacer el trámite por ti.
Cualquier consulta no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de atenderte.