Skip to content

Barcelona   Pau Clarís 190 2º 1ª    

Cerdanyola   Avd. Catalunya 29 1º 1ª    

934 522 806 | 670 759 229

Facebook
Legem Abogados
Legem Abogados
  • Inicio
  • Servicios judiciales
    • Accidentes de tráfico
    • Cláusula suelo
    • Derecho penal
    • Derecho civil
    • Derecho Laboral
    • Derecho de familia
    • Derecho concursal
    • Derecho de sucesiones
    • Derecho fiscal y mercantil
  • Noticias
  • Contacto
  • Inicio
  • Servicios judiciales
    • Accidentes de tráfico
    • Cláusula suelo
    • Derecho penal
    • Derecho civil
    • Derecho Laboral
    • Derecho de familia
    • Derecho concursal
    • Derecho de sucesiones
    • Derecho fiscal y mercantil
  • Noticias
  • Contacto
Mar182019

¿Puedo traerme un familiar a España si soy extranjero?

Muchos clientes vienen a nuestro despacho preguntándonos si es posible que un familiar suyo que vive en el extranjero se venga a vivir legalmente a España.

Esto es posible, a través de la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar.

Antes de nada hay que saber que no cualquier familiar puede vivir en España utilizando este trámite, ya que sólo sirve para:

– la persona con la que estés casada (pero no separada) o tengas una relación de pareja

– los hijos tuyos o los de la pareja, aunque sean adoptados, siempre que tengan menos de 18 años o tengan una discapacidad

– tus representados legales (por ejemplo, si eres el tutor de una persona, esta persona podrá ser reagrupada)

– tus padres o los de tu pareja, siempre que tengan 65 años o no puedan valerse por si mismos

 

Para pedir esta autorización se tiene que enviar a la Oficina de Extranjería de la provincia donde vivas una solicitud, junto con diversos papeles.

Estos papeles (contrato de trabajo, declaración del IRPF etc) son para demostrar que tienes dinero suficiente para mantener a la persona que quieres reagrupar. Además, se debe pedir un informe a la Administración que diga que el lugar donde vives (y donde va a vivir la persona que quieres reagrupar) está preparado para una persona más. Por supuesto también tendremos que enviar copia del pasaporte, tanto tuyo como de la persona que queremos reagrupar, para poderla identificar.

Una vez nos den la autorización, el procedimiento no acaba aquí, ya que el familiar que vive fuera tendrá que pedir ahora un visado, dentro de dos meses desde que te den la autorización. Para el visado se tendrá que demostrar que el familiar no tiene antecedentes penales en su país por delitos que existan también en España y que no tiene ninguna enfermedad contagiosa grave.

Con el visado, el familiar ya podrá entrar en España.

En España, el familiar tendrá que vivir con vosotros en la misma casa. Sólo podrá irse a vivir a otro sitio cuando tenga dinero suficiente para mantenerse, también si el familiar era tu pareja cuando vino, pero os habéis divorciado o separado.

Estos trámites a veces pueden complicarse, por lo que es recomendable que la tramitación la haga un Abogado experto en Extranjería. En LEGEM Abogados contamos con especialistas en Derecho de Extranjería que pueden hacer el trámite por ti.

Cualquier consulta no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de atenderte.

Twittear
Pin
Compartir
0 Compartir
Por Legem Abogadosmarzo 18, 2019

Post navigation

PreviousPrevious post:¿Cómo tramitar un divorcio de mutuo acuerdo?NextNext post:Acuerdo entre el gobierno y el PSOE con respecto a las cláusulas suelo

Noticias relacionadas

¿Puedo salir de España con una autorización caducada?
octubre 8, 2020
¿Qué hacer si he perdido o me han robado el NIE?
septiembre 8, 2020
El Tribunal Supremo declara que las antiguas colonias españolas no son territorio español a efectos de nacionalidad
agosto 15, 2020

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

limpiar formularioPost comment

Facebook Pagelike Widget
Últimas entradas al blog
  • ¿Qué ocurre si nos negamos a someternos a la prueba de ADN?
    febrero 25, 2021
  • ¿Puedo contratar a un familiar por cuenta ajena siendo autónomo?
    febrero 20, 2021
  • Las Empresas deberán elaborar un Plan de Igualdad
    febrero 16, 2021
  • ¿Debo escribir «no conforme» al firmar el finiquito?
    febrero 10, 2021
  • ¿Cómo puedo librarme de ir a una Mesa Electoral?
    febrero 6, 2021
  • El Tribunal Supremo declara que los gastos de tasación deben devolverse íntegramente
    febrero 1, 2021
Busca por temática
  • Accidentes de tráfico(5)
  • Clausula suelo(4)
  • Derecho Civil(38)
  • Derecho Laboral(9)
  • Derecho Penal(32)
  • Divorcios(54)
  • Extranjería(11)
  • Familia(74)
  • Herencias(6)
  • Uncategorized(23)
Legem Abogados
Legem Abogados

Abogados en Barcelona y Cerdanyola del Vallès

Aviso Legal | Política de Cookies

Utilizamos cookies para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdoLeer más