¿Tienen Garantía las Reparaciones de un Vehículo?
Imagine la siguiente situación: usted acude a un taller mecánico porque algo ocurre con las ruedas del coche, pero no sabe exactamente qué es. Después de dos días sin su coche lo pasa a recoger, pero no tarda en darse cuenta de que el problema no se ha solucionado, o que incluso ha empeorado. ¿Debe usted volver a pagar para que realmente le solucionen el problema?
La respuesta es no, pues así lo indica el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles de sus equipos y componentes. Esta normativa es de obligado cumplimiento para todos los talleres de vehículos, incluyendo los talleres oficiales de marca o los de acabado de pintura o carrocería.
El artículo 16 del citado Real Decreto señala que todas las reparaciones o instalaciones efectuadas en cualquier taller quedarán garantizadas, al menos, en las condiciones que establece el artículo. Nótese que son las condiciones mínimas, por lo que el taller, voluntariamente, puede ampliar el plazo de garantía o dar más facilidades al consumidor.
Las reparaciones estarán garantizadas durante tres meses o 2.000 kilómetros recorridos desde la fecha de entrega del vehículo. Si las piezas empleadas en la reparación tenían una garantía superior, esta última será la que prevalecerá. En consecuencia, si se produce una avería durante el período de garantía en la parte o partes reparadas, el taller deberá repararla gratuitamente, sin perjuicio de que pueda quedar obligado a indemnizarnos.
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