¿Qué ocurre si uno de los herederos no quiere vender el piso heredado?
Cuando existen varios herederos que adquieren por herencia un bien en común, como por ejemplo, un inmueble, nos encontramos ante lo que se denomina una comunidad de bienes proindiviso, partiendo, claro está, de que el bien en concreto sea indivisible.
En estos casos los herederos disponen de un porcentaje de la propiedad, generalmente repartida en partes iguales. En estos casos de coexistencia de varios copropietarios, lo más común y muchas veces lo más recomendable es vender la propiedad, ya sea a un tercero o a uno de los herederos, y repartir el dinero de la venta entre los herederos propietarios, de forma proporcional al porcentaje de titularidad que cada uno de ellos ostente. Sin embargo, para poder vender el bien, resulta imprescindible que estén de acuerdo en ello todos los herederos propietarios, no sólo en el acto mismo de la venta, sino también en el precio. Es en este punto donde, en no pocas ocasiones, surgen discrepancias entre los herederos: ¿Qué valor debe otorgarse al inmueble?
Si existen discrepancias con la venta del inmueble, se puede intentar llegar a un acuerdo de forma extrajudicial, si bien en la mayoría de los casos ese acuerdo no resulta posible. Si ese es el caso, deberá acudirse a la vía judicial. En concreto, la vía adecuada es el procedimiento judicial de división de la cosa común, que cuenta con la ventaja de que basta con que uno de los herederos interponga la demanda. En este procedimiento plantearemos cómo queremos realizar la división y propondremos un valor de venta, idealmente acompañando con la demanda una tasación.
Tras los trámites correspondientes, el Juzgado acordará la división y la Sentencia será inscribible en el Registro de la Propiedad.
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