¿Cómo cancelar una reserva de dominio de un vehículo?
Muchas de las personas que adquieren un vehículo de motor solicitan a una entidad financiera un préstamo, para así poder hacer frente al pago del mismo. Cuando alguien adquiere un vehículo, lógicamente en lo último que piensa es en venderlo, pero conviene ser previsores para evitar futuros quebraderos de cabeza.
Cuando celebremos el contrato de préstamo con la financiera deberíamos estar atentos a si en su clausulado se incluye un pacto de reserva de dominio. La reserva de dominio consiste en que la propiedad del bien no se transmite al comprador hasta que no se ha pagado por completo cada cuota del préstamo, y se inscribe en el Registro de Bienes Muebles de la Provincia. La relevancia práctica de esta cláusula reside en que no podremos vender el vehículo mientras subsista una reserva de dominio. Ello porque para vender un bien es necesario ser propietario del mismo, y mientras exista una reserva de dominio no lo somos.
De este modo, antes de iniciar los trámites de cambio de nombre ante la Dirección General de Tráfico, es recomendable asegurarnos de que no se impuso por la financiera una reserva de dominio, o, si esta se impuso, comprobar que ha sido cancelada del Registro de Bienes Muebles, lo que podremos hacer solicitando una nota simple al mismo Registro.
Debe tenerse en cuenta que es perfectamente posible, y de hecho es habitual, que, aunque se haya pagado la totalidad del préstamo, la financiera no haya procedido a cancelar la reserva, por lo que esta seguirá constando vigente en la DGT y no podremos realizar el cambio de nombre.
Así las cosas, una vez comprobado que tenemos una reserva de dominio, debemos asegurarnos que se ha pagado el préstamo en su totalidad. Acto seguido, deberemos dirigirnos a la entidad financiera y solicitarle la carta de pago del préstamo. La carta de pago es un documento notarial en el que la financiera hace constar que efectivamente se ha pagado la totalidad del préstamo y, por ende, se solicita el levantamiento de la reserva de dominio.
Si desconocemos la entidad financiera, y no encontramos recibos de pago, podremos averiguarla también solicitando una nota simple en el Registro de Bienes Muebles.
Cada financiera tiene una vía diferente para la solicitud de la carta de pago, pero generalmente se trata de rellenar o redactar una solicitud y enviarla por correo electrónico, junto con el DNI por las dos caras del solicitante y probablemente el permiso de circulación del vehículo en cuestión.
Una vez la financiera reciba correctamente la documentación procederá a enviarnos por correo postal la carta de pago. De nada nos sirve el envío por correo electrónico, ya que para cancelar la reserva necesitaremos la carta de pago original.
Cuando recibamos la carta por correo postal deberemos enviarla al Registro de Bienes Muebles, también por correo postal, o, si lo preferimos, personalmente.
Junto con la carta de pago deberemos aportar una instancia de presentación de documentos, justificante de pago de los aranceles del Registro y eventualmente fotocopia del DNI del solicitante.
Pasadas unas semanas, el Registro de Bienes Muebles nos devolverá por correo la carta de pago original y la factura por la cancelación de la reserva de dominio, lo que indicará que el proceso ha finalizado correctamente. Entonces ya podrá iniciar los trámites para el cambio de nombre.
En LEGEM Abogados somos especialistas en Derecho de Consumo, por lo que estamos a su disposición para cualquier consulta que nos quiera plantear en nuestros despachos de Cerdanyola del Vallès y Barcelona.