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Mar42024

¿Cuánto tiempo tengo para declarar a Hacienda una Herencia?

 

Cuando una persona fallece y los herederos adquieren los bienes y las deudas de una persona fallecida, deben realizar la aceptación de herencia (o la declaración de herederos abintestato, si no hay testamento) y liquidar los impuestos correspondientes.

En el caso de las herencias los Impuestos más importantes son el Impuesto de Sucesiones y el  Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, también denominado Plusvalía.

Tanto en el caso del Impuesto de Sucesiones, como de la Plusvalía, debe realizarse la correspondiente declaración antes de los seis meses desde la fecha de defunción. Sin embargo, cabe la posibilidad de solicitar una única prorroga de seis meses más. Debe incidirse que solo será posible solicitar la prórroga una única vez, y deberá solicitarse antes de que transcurran los cinco primeros meses desde la fecha del fallecimiento, en el caso del Impuesto de Sucesiones. Para la Plusvalía, puede solicitarse la prórroga dentro del plazo inicial de seis meses.

Una vez concedida la prórroga, esta comenzará a contar a partir de que finalice el plazo inicial de seis meses. Por tanto, ambos Impuestos podrán declararse en el plazo máximo de doce meses, a contar desde la fecha de defunción, siempre que se haya solicitado y concedido la prórroga. La prórroga está concebida para los casos en que existan complicaciones en una herencia, ya sea porque esta se compone de muchos bienes o deudas, o porque existan discrepancias entre los herederos.

Debe tenerse en cuenta que, en el caso del Impuesto de Sucesiones, para solicitar la prórroga será necesario realizar un inventario provisional de los bienes que componen la herencia, si bien no es necesario que este inventario sea totalmente preciso, pudiéndose terminar declarando un inventario distinto en el momento de realizar la declaración del Impuesto.

En caso de que no se liquiden los impuestos en el plazo pertinente, estos Impuestos deberán abonarse con los correspondientes intereses de demora.

 

En LEGEM Abogados somos especialistas en Herencias, por lo que estamos a su disposición para cualquier consulta que nos quiera plantear en nuestros despachos de Abogados de Cerdanyola del Vallès y Barcelona.

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Por Legem Abogadosmarzo 4, 2024

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